DIRECCIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN Y POLÍTICAS PÚBLICAS

FACULTADES

Entre otras:

  1. Apoyar y dar seguimiento a la celebración de convenios, foros, seminarios, cursos y concursos que se lleven a cabo en el marco de las atribuciones de la SESEA en coordinación con los integrantes del Sistema Estatal;

  2. Proponer a través del Secretario Técnico al Comité Coordinador, las bases y principios para la efectiva coordinación de sus integrantes, en materia de fiscalización y control de los recursos públicos;

  3. Diseñar propuestas de programas y políticas públicas encaminadas a la prevención, detección y disuasión de hechos de corrupción y de faltas administrativas, tomando en consideración las directrices que emita la Comisión Ejecutiva;

  4. Elaborar y presentar al Secretario Técnico, los proyectos de programas de la SESEA, en términos de la normatividad aplicable;

  5. Dar seguimiento y procurar el cumplimiento de los acuerdos tomados por el Comité Coordinador, relativos a las solicitudes de información formuladas a las autoridades, respecto del cumplimiento de la política estatal y las demás políticas integrales implementadas, así como la recopilación datos, observaciones y propuestas requeridas para su evaluación, revisión o modificación.

  6. Elaborar para presentar al Comité Coordinador, a través del Secretario Técnico, los mecanismos, bases y principios para la coordinación con las autoridades de fiscalización, control y de prevención y disuasión de faltas administrativas y hechos de corrupción, en especial sobre las causas que los generan;

  7. Presentar los anteproyectos de metodologías, indicadores y políticas integrales que acuerde la Comisión Ejecutiva, para que previa aprobación de dicho órgano colegiado, sean sometidas a la consideración del Comité Coordinador;

  8. Diseñar las propuestas de las evaluaciones de las políticas integrales que se llevarán a cabo, las cuales deberán ser aprobadas por la Comisión Ejecutiva;

  9. Elaborar y presentar los estudios especializados en materias relacionadas con la prevención, detección y disuasión de hechos de corrupción y de faltas administrativas, fiscalización y control de recursos públicos que le solicite el Secretario Técnico;

  10. Coordinar, impulsar y participar en la ejecución de programas conjuntos y coordinados de promoción, difusión y vinculación que impulse la SESEA, como parte de la agenda del Sistema Estatal Anticorrupción;

  11. Elaborar e integrar los informes que se requieran, en el ámbito de su competencia, e informar al Secretario Técnico del desarrollo y resultados de las acciones a su cargo;

  12. Proponer al Secretario Técnico, la emisión de convocatorias para la recepción de artículos, ensayos o cualquier material académico o cultural, relacionado con el combate a la corrupción y el fomento a la cultura de la legalidad, a fin de ser considerados en el Consejo Editorial para su publicación;


DIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA

FACULTADES

Entre otras:

  1. Representar legalmente a la SESEA, mediante los poderes que, en su caso, le sean otorgados en términos de la Ley para el Control de las Entidades Paraestatales del Estado de Aguascalientes;

  2. Someter a consideración del Secretario Técnico, las alternativas jurídicas de solución a los asuntos considerados como relevantes o especiales de la SESEA;

  3. Emitir opinión a las áreas, o en su caso, unidades administrativas sobre los ordenamientos legales aplicables en el ámbito de competencia de la SESEA, así como los criterios de interpretación administrativa y aplicación jurídica;

  4. Compilar y promover la difusión de normas jurídicas relacionadas con las funciones de la SESEA;

  5. Revisar los aspectos jurídicos de los convenios, contratos, bases de colaboración y acuerdos interinstitucionales, entre otros instrumentos jurídicos, que deba suscribir la SESEA, llevar un registro y resguardar un tanto de los mismos en el archivo que al efecto administre;

  6. Tramitar la publicación de las disposiciones jurídicas que emita la SESEA o el Comité Coordinador, en el Periódico Oficial del Estado, que por mandato legal deban publicarse o que instruya el Secretario Técnico;

  7. Coadyuvar con el Secretario Técnico en las funciones que le corresponden como secretario del Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción y como secretario de la Junta de Gobierno de la SESEA, tales como proponer los calendarios de las sesiones, preparar las convocatorias, órdenes del día y anexos para las sesiones que celebren; ejecutar y dar seguimiento a los acuerdos y resoluciones que se emitan; elaborar y certificar los acuerdos que se tomen y los instrumentos que se emitan, así como llevar el archivo de éstos;

  8. Orientar a las áreas, o en su caso, unidades administrativas de la SESEA y coadyuvar con ellas, en la elaboración de manuales o cualquier otra disposición normativa de aplicación interna que pretendan poner a consideración del Secretario Técnico;

  9. Asesorar en los procedimientos relativos a las adquisiciones, arrendamientos, obras públicas y contratación de servicios de la SESEA;

  10. Actuar como Secretario de Actas de las sesiones de la Comisión Ejecutiva;

  11. Elaborar e integrar los informes que se requieran, en el ámbito de su competencia, e informar al Secretario Técnico del desarrollo y resultados de las acciones a su cargo;


DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

FACULTADES

Entre otras:

  1. Administrar los recursos humanos, financieros y materiales de la SESEA;

  2. Vigilar el cumplimiento de la normatividad aplicable para la adecuada administración de los recursos humanos, financieros y materiales de la SESEA, a fin de garantizar el funcionamiento del conjunto de las áreas, o en su caso, unidades administrativas en un marco de transparencia y legalidad;

  3. Integrar el anteproyecto anual de presupuesto y estructura programática de la SESEA, de acuerdo con la normativa aplicable;

  4. Administrar el presupuesto, contabilidad, tesorería, nómina y finanzas de la SESEA;

  5. Administrar los procesos relativos a la gestión de los recursos humanos de la SESEA;

  6. Coadyuvar en la elaboración de los manuales en el ámbito de sus funciones, que pretendan poner a consideración del Secretario Técnico;

  7. Aplicar y promover acciones orientadas a la capacitación y mejora continua para el fortalecimiento y desarrollo del clima organizacional;

  8. Llevar a cabo los procedimientos relativos a las adquisiciones, arrendamientos, obras públicas y contratación de servicios, así como administrar los servicios generales de la SESEA, en cumplimiento irrestricto de la normatividad aplicable;

  9. Coordinar e integrar la propuesta del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de cada ejercicio fiscal, en términos de las disposiciones aplicables;

  10. Administrar los bienes muebles e inmuebles patrimonio de la SESEA, así como establecer los mecanismos para su resguardo, custodia, almacenaje y, en su caso, desincorporación, así como registrar contablemente los movimientos de altas y bajas, en términos de las disposiciones legales aplicables;

  11. Establecer, supervisar y evaluar el Manual Interno de Protección Civil para el personal, instalaciones, bienes e información de la SESEA, conforme a la normatividad aplicable;

  12. Fungir como responsable de los Sistemas de Información y de la Plataforma Digital de la Secretaría Ejecutiva;




INTEGRACIÓN

  1. Autoridad Auditora
    1. Elaborar, someter a consideración de la Junta de Gobierno y ejecutar el programa anual de auditorías a las diversas áreas que conforman la SESEA;
    2. Realizar auditorías para verificar y evaluar los sistemas de control interno, de registros contables y apego a las normas y procedimientos establecidos; asimismo practicar auditorías y revisiones que permitan evaluar el desempeño de la SESEA;
    3. Coordinar las acciones a fin de verificar que las áreas que conforman la SESEA cumplan las políticas, normas y lineamientos establecidos por los diferentes ordenamientos legales y los emitidos por la propia Contraloría del Estado de Aguascalientes;
    4. Asistir y participar en los procedimientos para la adquisición y prestación de servicios en términos de lo establecido por la Ley de la materia;
    5. Comprobar mediante revisiones o inspección directa y selectiva, el cumplimiento por parte de la SESEA sobre el correcto ejercicio del gasto público;

  2. Autoridad Investigadora
    1. Instrumentar los mecanismos para la prevención, corrección e investigación de responsabilidades administrativas y probables hechos de corrupción de los servidores públicos adscritos a la SESEA y de particulares, conforme a lo previsto en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes y a lo que establezca el Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción, así como acordar la admisión y cumplimiento a las recomendaciones públicas no vinculantes que emitiera dicho Comité y que sean del ámbito de su competencia;
    2. Recibir e investigar las quejas y denuncias que se promuevan con motivo del incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos adscritos a la SESEA, así como de los particulares vinculados a faltas graves, de conformidad con la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes;
    3. Implementar las acciones necesarias para la recepción de denuncias por faltas administrativas imputables a los servidores públicos de la SESEA correspondiente o bien, referidas a faltas de particulares en relación con la SESEA;
    4. Realizar el trámite y desahogo de las investigaciones, por actos u omisiones de los servidores públicos adscritos a la SESEA o de particulares que puedan constituir responsabilidades administrativas de acuerdo a la normativa aplicable, autorizando con su firma los acuerdos e informes;
    5. Concluida la investigación, en su caso, elaborar y suscribir el informe de presunta responsabilidad administrativa en el que se determine si existen elementos que presuman conductas constitutivas de probables faltas administrativas, calificando además dichas faltas como graves o no graves. Hecho lo anterior, turnar el expediente a la Autoridad Substanciadora y Resolutora adscrita a la propia SESEA;
    6. Tramitar el recurso de inconformidad que se promueva contra la calificación de faltas no graves, conforme a lo dispuesto por la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes;
    7. Llevar a cabo todos los actos procesales respectivos en carácter de Autoridad Investigadora ante la Sala Administrativa del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, conforme a lo dispuesto por la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes;
    8. Rendir informe trimestral a su Junta de Gobierno sobre el estado que guardan los asuntos de su competencia;
    9. Actuar como coadyuvante del Ministerio Público adscrito a la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, cuando formule denuncias, derivadas de sus investigaciones;

  3. Autoridad Substanciadora y Resolutora
    1. Admitir el informe de presunta responsabilidad administrativa, emitido por la Autoridad Investigadora, con el objeto de tramitar y sustanciar los procedimientos de responsabilidad administrativa en contra de servidores públicos de la SESEA, por conductas que pudieran constituir responsabilidad en los términos de la ley de la materia, en cuanto a las faltas administrativas graves, no graves y de particulares;
    2. Presentar denuncias o querellas en asuntos de competencia del Órgano Interno de Control y de aquellas por probables responsabilidades del orden penal de los servidores públicos, ratificar las mismas;
    3. Llevar a cabo todos los actos procesales respectivos en carácter de Autoridad Substanciadora y Resolutora ante la Sala Administrativa del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, conforme a lo dispuesto por la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes;
    4. Acordar la admisión y cumplimiento a las recomendaciones públicas no vinculantes que emitiera el Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción y que sean del ámbito de su competencia;
    5. Rendir informe trimestral a su Junta de Gobierno sobre el estado que guardan los asuntos de su competencia;
    6. Resolver los recursos de inconformidad interpuestos en contra de las resoluciones recaídas en los procedimientos de adquisición previstos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Aguascalientes, además de todos y cada uno de los recursos administrativos que sean considerados y procedentes en materia de adquisiciones.