PREGUNTAS FRECUENTES


Se puede obtener en el apartado de transparencia de órganos colegiados del portal de internet de la SESEA.

Ahí encontrarás información de las sesiones, las actas y los acuerdos que se han tomado en el Comité Coordinador y órganos colegiados de la SESEA, y que son:

  1. Comité Coordinador
  2. Junta de Gobierno de la SESEA
  3. Comisión Ejecutiva
  4. Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
  5. Comité de Bienes Muebles
  6. Consejo Editorial
  7. Comité de Transparencia
  8. Unidad de Igualdad de Género

La Política Estatal Anticorrupción, se puede consultar a través del siguiente hipervínculo: LINK

Los programas de trabajo anuales del Comité Coordinador, se pueden consultar en el siguiente enlace: LINK

Los informes anuales del Comité Coordinador los puedes consultar en el siguiente enlace: LINK

Las recomendaciones no vinculantes que ha emitido el Comité Coordinador, derivadas de sus informes anuales, pueden consultarse en los siguientes enlaces:
Primer informe (2018): Del informe no se derivaron recomendaciones.
Segundo informe (2019): LINK
Tercer informe (2020): LINK

El informe de seguimiento de las recomendaciones no vinculantes emitidas por el Comité Coordinador con motivo de su segundo informe anual (2019), se puede consultar en: LINK

El seguimiento de las recomendaciones no vinculantes emitidas por el Comité Coordinador con motivo de su tercer informe anual (2020), se puede consultar con información actualizada a marzo de 2021, en el siguiente enlace: LINK

Únicamente se han rechazado proyectos de recomendaciones no vinculantes, al integrarse el tercer informe del Comité Coordinador, ya que la Comisión Ejecutiva propuso la emisión de 40, y se aprobaron en definitiva 29, es decir, fueron rechazadas 11.

Si, ya que la Política Estatal Anticorrupción de Aguascalientes aprobada por el Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción el 29 de enero del 2021, diagnostica el problema de corrupción en la entidad entre sus páginas 114 y 261. Dicha Política se encuentra disponible en: LINK

Asimismo, la SESEA generó diversos insumos estadísticos sobre el nivel y percepción de corrupción en la entidad, empleados para la elaboración de la Política Estatal Anticorrupción, siendo los siguientes:

  1. Encuesta en Materia de Anticorrupción y Cultura de la Integridad, presentada por la SESEA en 2019. Disponible en: LINK
  2. Estudio de opinión pública en modalidad de Grupo de Enfoque sobre riesgos de corrupción en las siguientes materias: Recursos Humanos; Gestión Social; Programas Sociales; Comunicación Social; Gestión del Agua; Permisos y Descuentos; Mercados, Tianguis y Reglamentos; Uso de Suelo; Patrimonio Inmobiliario; Rastros; Seguridad Pública (Policías de Proximidad y Asuntos Internos) y; Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos. Disponible en: LINK
  3. Consulta Ciudadana para la Construcción de la Política Estatal Anticorrupción de Aguascalientes. Disponible en: LINK

Finalmente, también se cuenta con una segunda entrega de la Encuesta en Materia de Anticorrupción y Cultura de la Integridad, presentada por la SESEA en 2020. Disponible en: LINK

Esa información, a partir del 2019, se integra a los anexos 2 y 3 de los informes anuales que emite el Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción, anexos en los que obran reportes sobre casos investigados por la Contraloría del Estado, el Consejo de la Judicatura, la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción y órganos internos de control de diversos Entes Públicos. Información consultable en los siguientes enlaces:
Segundo informe anual (2019): LINK
Tercer informe anual (2020): LINK

Dentro del Programa de Trabajo Anual 2021 del Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción, en el Eje I denominado “Prevenir los actos de corrupción”, Sub Eje 02 denominado “Reducir el costo de la legalidad” se contempla como acción el promover la participación ciudadana paritaria a través de comités de contraloría en programas sociales. Actividad cuya ejecución corresponde a la Administración Pública Estatal y Municipal, la Contraloría del Estado, el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, el CPC y los Órganos Internos de Control de los entes públicos del Estado y los municipios.

El proceso de aprobación de acuerdos del Comité Coordinador, que incluye reglamentación interna, tiene sustento en los artículos 82 B base I de la Constitución Política del Estado, 8, 9 fracción XVII, 10, 12 fracción X, 13, 14, y 26 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Aguascalientes; 7 fracciones II, IV y V así como 31 de los Lineamientos que Regulan las Sesiones del Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción, y 8 fracciones X y XI de la Ley del Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes:

  1. Los miembros del Comité están facultados para presentar propuestas, incluyendo la emisión o modificación de reglamentación interna.
  2. Las propuestas deben ser votadas en sesión con la asistencia de al menos cinco integrantes con derecho a voto, y aprobadas por la mayoría de estos integrantes presentes con derecho a voto, salvo que exista una disposición que exija un mayor número de votos.
  3. Toda creación o ajuste a la reglamentación del Comité Coordinador, se remite a la Secretaría General de Gobierno para su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
  4. Las disposiciones que impactan exclusivamente en el funcionamiento del Comité Coordinador, entran en vigor al momento de su aprobación; aquéllas que son aplicables a terceros, inician su vigencia al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

El Sistema Estatal Anticorrupción no cuenta con tal servicio, ya que conforme al artículo 7º de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción, el Sistema Estatal Anticorrupción se integrará por:

  1. El Comité Coordinador,
  2. El Comité de Participación Ciudadana, y
  3. El Comité Rector del Sistema Estatal de Fiscalización y de la Plataforma Digital Estatal.

A su vez, los artículos 10 y 39 de la citada Ley, señalan que el Comité Coordinador y el Comité Rector en cita, se integran de la siguiente manera:

  1. Comité Coordinador:
    1. Un representante del Comité de Participación Ciudadana, quien lo presidirá;
    2. El titular del Órgano Superior de Fiscalización del Estado;
    3. El titular de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción;
    4. El titular de la Contraloría del Estado;
    5. El Presidente de la Sala Administrativa del Poder Judicial del Estado;
    6. Un representante del Consejo de la Judicatura del Estado;
    7. Los titulares de las Contralorías Municipales;
  2. Comité Rector del Sistema Estatal de Fiscalización y de la Plataforma Digital Estatal:
    1. El titular del Órgano Superior de Fiscalización del Estado;
    2. El titular de la Contraloría del Estado; y
    3. Siete miembros rotatorios de las contralorías Municipales; o sus órganos encargados del control interno, de conformidad con sus disposiciones de carácter general, bandos y reglamentos; integrantes que serán elegidos por periodos de dos años, por consenso de la propia Contraloría y el Órgano Superior de Fiscalización del Estado.

Como se advierte, la conformación de los referidos Comités -que son dos de los tres que conforman el Sistema Estatal Anticorrupción- por ministerio de ley, está sujeta a la designación que diversas instancias determinen, por lo que la participación de sus integrantes no está sujeta a un servicio civil de carrera en común, que pueda considerarse propio del Sistema.

Tampoco aplica el servicio civil de carrera en lo referente a los integrantes del Comité de Participación Ciudadana, pues el artículo 17 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción, establece que no tendrán relación laboral con la SESEA y su vínculo legal, así como su contraprestación se establecerá a través de contratos de prestación de servicios profesionales por honorarios, además de que son designados por convocatoria pública que no está relacionada con los méritos derivados de una carrera previa dentro del Comité en cita, esto conforme a los artículos 82 B base III de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes y 18 de la propia Ley del Sistema Estatal Anticorrupción.

El presupuesto anual que es asignado a la SESEA, así como el ejercicio de egresos presupuestarios (estado analítico), se encuentran en la fracción XXI del artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, referente a las obligaciones comunes del portal de transparencia de la SESEA consultable en el siguiente enlace: LINK

El desglose del presupuesto, de cada ejercicio se pueden consultar en los siguientes enlaces:
Ejercicio fiscal 2018: LINK
Ajustes: LINK
Ejercicio fiscal 2019: LINK
Ajustes: LINK
Ejercicio fiscal 2020: LINK
Ajustes: LINK, LINK
Ejercicio fiscal 2021: LINK

La SESEA a mayo de 2021 cuenta con 20 empleados, de los cuales 13 son hombres y 7 son mujeres.

Desde el inicio de operaciones de la SESEA a la fecha, este organismo descentralizado sólo ha contado con 1 titular (Secretario Técnico), de género masculino.

El directorio de los servidores públicos de la SESEA, en el cual se incluyen sus nombres, cargos, correos electrónicos oficiales, teléfonos, y extensiones, es información consultable en el siguiente enlace: LINK

Las remuneraciones de los servidores públicos de la SESEA, es información que se encuentra en la fracción VIII del artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, referente a las obligaciones comunes del portal de transparencia de la SESEA. Esta información se consulta en el siguiente enlace: LINK

La información curricular de los servidores públicos adscritos a la SESEA, es pública de oficio, correspondiente a la fracción XVII del artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, referente a las obligaciones comunes del portal de transparencia de la SESEA consultable en el siguiente enlace: LINK

El criterio para determinar la contratación de una persona para una vacante, es el cumplimiento de las características señaladas en los perfiles de puestos, los cuales se contienen en el Manual de Organización de la SESEA, el cual es consultable en el siguiente enlace: LINK

La estructura orgánica de la SESEA, es información pública de oficio, correspondiente a la fracción II del artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, referente a las obligaciones comunes del portal de transparencia de la SESEA consultable en el siguiente enlace: LINK

El mapa de riesgos institucionales de la SESEA, se encuentra en el siguiente enlace: LINK

El inventario de bienes muebles e inmuebles de la SESEA, se encuentra en la fracción XXXIV del artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, referente a las obligaciones comunes del portal de transparencia de la SESEA, consultable en el siguiente enlace: LINK

La SESEA cuenta con 25 equipos de cómputo y 5 vehículos automotores.

La SESEA no tiene incorporado ni en uso el estándar de datos de contrataciones abiertas, siendo que las contrataciones que celebra esta Entidad se sujetan a lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, consultable en: LINK

Así como al Manual Único de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Gobierno del Estado de Aguascalientes, consultable en: LINK

Los contratos que en materia de bienes y servicios ha celebrado la SESEA, se encuentran en la fracción XXVII del artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, referente a las obligaciones comunes del portal de transparencia de la SESEA consultable en el siguiente enlace: LINK

El costo de la encuesta realizada en 2020 fue de $164,500 (ciento sesenta y cuatro mil quinientos pesos 00/100 moneda nacional, IVA incluido).

La Plataforma Digital Estatal es consultable en el siguiente enlace: LINK

La Plataforma Digital Estatal, no tiene presupuesto específico asignado y se financia con el gasto corriente.

Respecto a la existencia de un sistema electrónico de denuncias, la Plataforma Digital Estatal prevé la existencia del Sistema de Información de Denuncias Públicas y Hechos de Corrupción, el cual apunta a ser una ventanilla única en la que la ciudadanía pueda denunciar actos de corrupción y faltas administrativas. Dicho Sistema a mayo de 2021 se encuentra en desarrollo, por lo que no opera.

A la fecha, en la SESEA se han presentado cero denuncias por faltas administrativas graves, e igualmente se han dictado cero sentencias contra servidores públicos de esta Entidad Paraestatal.

La información sobre denuncias por faltas administrativas y sanciones de los servidores públicos adscritos a la SESEA, corresponde a la fracción XVIII del artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, referente a las obligaciones comunes del portal de transparencia de la SESEA consultable en el siguiente enlace: LINK

Las medidas que se han implementado y adoptado para todas y cada una de las áreas de la SESEA, respecto a la contingencia sanitaria producida por el virus SARS-CoV-2 (Covid-19), son las emitidas por el Poder Ejecutivo del Estado de Aguascalientes -las cuales resultan obligatorias para esta Entidad Paraestatal- las cuales fueron publicadas en el Periódico Oficial del Estado el 9 de febrero de 2020.

Asimismo, la SESEA ha adoptado medidas propias para la seguridad de su personal, mismas que han sido establecidas en un protocolo y en comunicados internos, medidas entre las que destacan trabajo a distancia durante la primera etapa de la contingencia sanitaria, monitoreo constante del estado de salud de los servidores públicos, uso de productos sanitizantes en todas y cada una de las áreas físicas de las instalaciones de este sujeto obligado, implementación de la sana distancia y uso obligatorio de cubre bocas; los documentos referentes a las medidas adoptadas son consultables en los siguientes enlaces:

  1. Acuerdo por el que se expiden las medidas de seguridad en materia de salubridad general para prevenir y reducir la transmisión del virus SARS-CoV2 (COVID-19) en el Estado de Aguascalientes, publicadas el 9 de febrero de 2021: LINK
  2. Protocolo sanitario de la SESEA: LINK
  3. Comunicado de la SESEA, de fecha 18 de marzo de 2020. LINK
  4. Comunicado de la SESEA, de fecha 20 de abril de 2020: LINK

Sí, a la SESEA es aplicable el Protocolo para la Prevención, Atención y Sanción del Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual en la Administración Pública del Estado de Aguascalientes, consultable en el siguiente enlace: LINK

Sí, la SESEA cuenta con la Persona Consejera, facultada para brindar atención primaria y orientación, en situaciones de acoso u hostigamiento sexual, en los términos del apartado G, numeral 4 del Protocolo para la Prevención, Atención y Sanción del Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual en la Administración Pública del Estado de Aguascalientes.

En cumplimiento a la Ley General de Comunicación Social, la SESEA ha emitido sus programas y estrategias de comunicación social, documentos que son consultables en los siguientes enlaces:
Programa y estrategia 2019: LINK
Programa y estrategia 2020: LINK
Programa y estrategia 2021: LINK

Los contratos celebrados y los recursos ejercidos en la materia, se encuentran en la fracción XXIII del artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, referente a las obligaciones comunes del portal de transparencia de la SESEA, consultable en el siguiente enlace: LINK

La SESEA no cuenta con un servicio externo para el manejo de sus redes sociales, las cuales son manejadas por la Dirección General de Vinculación y Políticas Públicas.

El Manual de Organización de la SESEA, es consultable en el siguiente enlace: LINK

Actualmente la estructura orgánica de la SESEA, no cuenta con una dirección o coordinación dedicada exclusivamente a la capacitación, sin embargo, el artículo 25 fracción IX del Estatuto Orgánico de la SESEA, faculta a la Dirección General de Administración para aplicar y promover acciones orientadas a la capacitación y mejora continua para el fortalecimiento y desarrollo del clima organizacional, y el artículo 20 fracción III del Estatuto en cita, también faculta al Departamento de Vinculación y Comunicación para instrumentar las capacitaciones que lleve a cabo la Secretaría Ejecutiva.

La SESEA no brinda capacitaciones en línea mediante plataformas educativas.

La SESEA, desde que inició operaciones, no ha sido parte (como actor o demandado) en algún juicio.

El proceso que sigue la Autoridad Auditora del Órgano Interno de Control de la SESEA, se realiza conforme a lo previsto en el artículo 45 B apartado A fracciones I y II de la Ley para el Control de las Entidades Paraestatales del Estado de Aguascalientes, en relación con el artículo 36 párrafo segundo de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Aguascalientes; dicho proceso es el siguiente:

  1. La Autoridad Auditora elabora el programa anual de auditorías a las diversas áreas que conforman esta entidad paraestatal, programa que es sometido a la Junta de Gobierno para su aprobación, lo anterior se realiza en la primera sesión de la Junta de Gobierno, al inicio del ejercicio fiscal.
  2. Sujetándose al programa anual de auditorías, la Autoridad Auditora de la SESEA, realiza las correspondientes revisiones para verificar y evaluar los registros contables y el apego a las normas y procedimientos establecidos en las leyes aplicables, auditando aspectos relacionados con presupuesto; contrataciones derivadas de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Aguascalientes y sus Municipios; conservación, uso, destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles; responsabilidades administrativas de servidores públicos; así como transparencia y acceso a la información pública, conforme a la Ley de la materia.
    Las revisiones descritas, se practican en los siguientes tiempos:
    1. En los meses de febrero y marzo es revisado el segundo semestre del ejercicio fiscal del año anterior, entregando los resultados en el mes de abril, y
    2. En los meses de julio y agosto, es revisado el primer semestre del ejercicio del año en curso, entregando los resultados en el mes de septiembre.
  3. Los resultados obtenidos en las auditorías practicadas, se entregan al Secretario Técnico de la SESEA, que funge como Director General de este organismo descentralizado, y se dan a conocer a la Junta de Gobierno.

Los avisos de privacidad de la SESEA, son consultables en los siguientes vínculos:

  1. El dirigido al público en general:
    1. Integral
    2. Simplificado
  2. El correspondiente al expediente personal de trabajadores de la SESEA:
    1. Integral
    2. Simplificado
  3. El correspondiente a contratistas y proveedores:
    1. Integral
    2. Simplificado

Respecto a los Avisos de Privacidad de los seis sistemas que componen la Plataforma Digital Estatal, a mayo de 2021 la SESEA cuenta con los avisos de privacidad de los Sistemas 1 y 2; respecto de los demás sistemas se encuentran en fase de desarrollo.

Los avisos de privacidad respecto de los sistemas 1 y 2 de la Plataforma Digital Estatal, son consultables en los siguientes vínculos:

  1. Sistema 1:
    1. Integral
    2. Simplificado
  2. Sistema 2:
    1. Integral
    2. Simplificado

La información correspondiente al Comité de Transparencia, como es su integración, actas y acuerdos, es pública de oficio, correspondiente a la fracción XXXIX del artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, referente a las obligaciones comunes del portal de transparencia de la SESEA consultable en el siguiente enlace: LINK

Asimismo, la información sobre todos los trabajos desarrollados en ese Comité es consultable en: LINK

Las declaraciones patrimoniales y de intereses de los servidores públicos de la SESEA y de los integrantes del CPC, son consultables en el Sistema de Información de Evolución Patrimonial, Declaración de Intereses y Constancia de Presentación de Declaración Fiscal, de la Plataforma Digital Estatal, disponible en: LINK

Asimismo, es información que se encuentra en la fracción XII del artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, referente a las obligaciones comunes del portal de transparencia de la SESEA consultable en el siguiente enlace: LINK

Cuando un servidor público brinda información falsa en sus declaraciones, puede incurrir en la falta administrativa grave denominada “enriquecimiento oculto u ocultamiento de conflicto de Interés” que consiste en que el servidor público falte a la veracidad en la presentación de las declaraciones de situación patrimonial o de intereses con el fin de ocultar el incremento en su patrimonio o el uso y disfrute de bienes o servicios que no sea explicable o justificable, o un conflicto de interés; lo anterior de conformidad con el artículo 60 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Esa información, puede consultarse en las declaraciones de intereses de cada uno de los servidores públicos de la SESEA y de los integrantes del CPC, en el rubro denominado “Participación en empresas, sociedades y asociaciones”, rubro en el cual los servidores públicos tienen que declarar si participan en cualquier tipo de asociación, como lo son las asociaciones políticas y partidos políticos.

Por lo que respecta a los planes o programas de trabajo del CPC, puedes consultarlos en los siguientes enlaces:

Por lo que se refiere a los informes sobre el cumplimiento de dichos programas o planes, esta información puede consultarse en los siguientes enlaces:

Los informes de los integrantes del CPC y las facturas generadas por su prestación de servicios, pueden consultarse en el siguiente enlace: LINK

Dicho proceso, se realiza conforme a las disposiciones octava fracciones I, II y III, décimo sexta y décimo séptima de los Lineamientos para el Desarrollo de las Sesiones del Comité de Participación Ciudadana, y que consiste en lo siguiente:

  1. Se asigna entre los integrantes la elaboración de los proyectos de acuerdo, lo que puede incluir temas de reglamentación interna;
  2. Una vez que se cuenta con el proyecto, se analiza por los demás integrantes;
  3. Se somete la aprobación del proyecto por todos los integrantes del Comité; y
  4. Si se aprueba, se publica en la página oficial del CPC, LINK

El procedimiento es el siguiente:

  1. La Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado, da a conocer el techo presupuestal para el Comité;
  2. Conforme a dicho techo presupuestal, el CPC presenta a la Junta de Gobierno de la SESEA, por conducto del Secretario Técnico, una propuesta de anteproyecto de presupuesto;
  3. La Junta de Gobierno de la SESEA, aprueba el anteproyecto de presupuesto, y por conducto de la SESEA se remite a la Secretaría de Finanzas para su revisión e integración en el proyecto de presupuesto de egresos;
  4. La Secretaría de Finanzas entrega el proyecto de presupuesto al Titular del Ejecutivo, quien lo envía al Congreso del Estado para su aprobación;
  5. Una vez aprobado, el Congreso lo remite nuevamente al Poder Ejecutivo para su promulgación y publicación.
  6. Posteriormente, el CPC por conducto del Secretario Técnico presenta a la Junta de Gobierno, para su aprobación definitiva, el desglose de las partidas presupuestarias conforme al presupuesto de egresos.
El Comité de Participación Ciudadana administra su presupuesto, el cual ejerce a través de la SESEA.

Para el año 2021, se le asignó al Comité de Participación Ciudadana un presupuesto de $3,721,000.00.

El Comité de Participación Ciudadana se conforma por cinco integrantes, los cuales en términos del artículo 17 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Aguascalientes, no tienen relación laboral con la SESEA, sino que su remuneración se establece en términos de los contratos de prestación de servicios por honorarios que al efecto se celebren.

Para el año 2021, el monto neto autorizado como honorario mensual por la prestación de servicios profesionales de los integrantes del Comité de Participación Ciudadana, es la cantidad de $56,670.41, remuneración que no es diferenciada, por lo que todos los integrantes reciben la misma cantidad.

Actualmente, la Mtra. Alejandra Yasmin González Sandoval es la presidenta del CPC.

Dicha presidencia se rota entre sus integrantes de manera anual, atendiendo a su antigüedad, correspondiéndole a:

  1. Alejandra Yasmin González Sandoval Del 2 de febrero de 2021 al 1 de febrero de 2022
  2. Josefina Díaz Aguilar Del 2 de febrero de 2022 al 1 de febrero de 2023
  3. Francisco Miguel Aguirre Arias Del 2 de febrero de 2023 al 1 de febrero de 2024
  4. José de Jesús Suárez Mariscal Del 2 de febrero de 2024 al 1 de febrero de 2025
  5. Salvador Vázquez Caudillo Del 2 de febrero de 2025 al 1 de febrero de 2026

La información del Comité de Participación Ciudadana, como es la relativa a sus integrantes, cuáles son sus funciones, sus programas de trabajo, sus informes anuales, sus calendarios de sesiones, grabaciones de sus sesiones y acuerdos, es consultable en el siguiente enlace: LINK
Asimismo, se puede consultar información adicional en: LINK